viernes, 2 de octubre de 2020

El delito de consumo de drogas en la Ley 1008

 El consumo de drogas SIGUE SIENDO UN DELITO en Bolivia. La sanción es la internación obligatoria... 

El Art. 49 de la Ley 1008, tiene varias incongruencias: 1) Mezcla consumidores ocasionales con drogodependientes, disponiendo internamiento forzoso para todos...2) Remite los casos para el diagnóstico de especialistas de un instituto de farmacodependencia público que NO EXISTE (lo que se hace ahora es un peritaje de pelo en el IDIF)...3) Presume que el consumidor comete delito de tráfico (con pena de 10 a 25 años de cárcel) cuando la droga que porta excede, así sea en unos gramos, la dosis considerada para consumo personal inmediato (la que no está reglamentada).

Y cotidianamente, los policías aprehenden a los consumidores siempre presumiendo que esos gramos son para venta... Cuántas de las detenciones por drogas son de consumidores, y no de traficantes? 
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